Uno de los momentos claves en el proyecto empresarial del franquiciado es el de firmar el contrato de franquicia, ya que es en ese momento cuando realmente se estará integrando en la red de franquicia que haya seleccionado.
Aunque desde TOPTEN Expansión recomendamos que el contrato sea siempre revisado por un abogado especializado en franquicias, hoy ofrecemos algunas claves para conocer los elementos esenciales de este tipo de contrato.
La base legal de la franquicia
En primer lugar, conviene recordar que para que un negocio pueda crecer utilizando el sistema de franquicia será indispensable que se disponga de los siguientes elementos exigidos desde el punto de vista jurídico. Son los siguientes:
- Un modelo de negocio de éxito. El negocio objeto de la franquicia debe gozar de una trayectoria exitosa demostrable y el franquiciador deberá contar, como mínimo, con un establecimiento en funcionamiento.
- La marca. Esta debe estar debidamente registrada en las clases y ámbito geográfico correspondiente, y sobre la misma el franquiciador deberá ser el titular o el licenciatario en exclusiva. La falta de marca registrada puede ser una casa de nulidad del contrato de franquicia.
- El know how. Esto es el conocimiento o “saber hacer”, cuyo desarrollo y aplicación por el franquiciador ha generado una experiencia de negocio exitosa. El mismo debe ser propio del franquiciador, debe ser secreto, debe ser real y estar documentado.
Una vez la franquicia cumple con estos requisitos y se inscriba en el Registro de franquiciadores, puede ofrecerse a los franquiciados. Pero, para asegurarnos lo máximo posible que esta relación franquiciador – franquiciado funcione, es necesario prestar atención al contrato que la regulará. Así iniciaremos la relación con un marco de derechos y obligaciones recíprocas bien definido y conocido por ambas partes, reduciendo con ello problemas o controversias.
El contrato de franquicia
Hoy, en TOPTEN Expansión explicamos aquellas cláusulas que resultan esenciales en el contrato de franquicia. Hay que tener presente que cuanto más completo sea el clausulado del contrato, menores serán los riesgos de que surjan conflictos posteriormente por indefinición o por falta de previsión.
La primera de estas cláusulas debe ser la relativa a la licencia sobre la marca otorgada por el franquiciador a favor del franquiciado. Por supuesto, como ya hemos visto, tal marca deberá estar registrada para el país o territorio objeto de la franquicia, en las clases correspondientes y el franquiciador debe ser el titular o licenciatario en exclusiva de la misma.
La segunda debe ser la relativa al know how y a la transmisión del mismo al franquiciado, con el suficiente detalle para que el franquiciado pueda explotar la franquicia con normalidad y siguiendo los procedimientos estandarizados por el franquiciador. A estos efectos, el know how debe estar recogido y perfectamente documentado en los manuales de la franquicia que se entregarán por el franquiciador al franquiciado a la firma del contrato. Este elemento confirma que, efectivamente estamos ante un modelo de negocio contrastado y de éxito.
Por último, también encontramos la cláusula relativa al deber de formación y asistencia del franquiciador al franquiciado. No sólo como formación inicial sino a lo largo de toda la relación de franquicia.
Otras cláusulas que se suelen incluir son el ámbito territorial de la franquicia, la cláusula de confidencialidad o el pacto de no competencia durante el contrato de franquicia y una vez finalizada esta relación.
Déjate asesorar por los mejores profesionales
La franquicia es un modelo de negocio de éxito, pero se debe seguir el proceso adecuado para llevarlo a cabo con las máximas garantías. Por eso, desde TOPTEN Expansión ofrecemos un servicio integral de acompañamiento durante todo el proceso de creación de franquicias. Si deseas obtener más información sobre el mundo de las franquicias, estamos a tu disposición, ¡Contacta con nosotros!